Se posterga el inicio del FAL - Decreto 1228/2026
En el dia de hoy 20 de octubre 2026 fueron publicadas las novedades en el Boletín Oficial mediante el Decreto 1228/2026 acerca del FAL. El Poder Ejecutivo ha dispuesto una nueva prórroga y cambios operativos de relevancia en la implementación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL)
Resumen con los puntos principales de la normativa:
- Nueva fecha de vigencia: El inicio del régimen del FAL se posterga un mes más. Su puesta en marcha efectiva pasará del 1 de noviembre al 1 de diciembre de 2026.
- Ampliación del Período de Carencia: Se modificó el artículo 15 del Decreto 408/2026, duplicando el plazo de carencia mínimo de 6 a 12 períodos mensuales. Esto significa que las empresas deberán integrar y pagar de forma consecutiva 12 aportes mensuales antes de que los recursos del fondo puedan ser utilizados para cubrir indemnizaciones.
- Cómputo de los plazos: El período de carencia comenzará a contarse estrictamente desde el mes calendario en que se registre y compute ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) la efectiva integración de la primera contribución. Cualquier desvinculación previa a cumplir este año de aportes continuará pagándose con caja propia de la empresa.
- Motivos de la medida: El aplazamiento responde a solicitudes de las entidades del mercado de capitales (como CAFCI y CNV) debido a la complejidad de adaptar los sistemas operativos necesarios, buscando garantizar la solvencia, estabilidad y liquidez inicial del fondo antes de atender obligaciones vigentes.
Durante este período de prórroga, las empresas continuarán aplicando el régimen tradicional de indemnizaciones de forma transitoria.
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